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CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD

Titulación de futuro.

CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD. Titulación de futuro.

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¿QUÉ ES UN CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD?

Un Certificado de Profesionalidad (en abreviatura C.P.) es un título oficial, reconocido a nivel europeo que forma a los alumnos (normalmente trabajadores ocupados o desempleados) en alguna profesión que hasta la fecha no disponía de una formación ni titulación oficial, regulado por el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero .

Hasta la fecha, se reconocía al profesional por la experiencia adquirida a través de los años, pero sin formación específica en el tema. Un ejemplo es el Agente Comercial o vendedor/a. En la actualidad se ha creado el C.P. de Actividades de Venta, donde el alumno/a aprende todas las técnicas de venta, así como negociación, administración comercial… Estos títulos pasan a formar parte del catálogo curricular correspondiente a la formación profesional de grado medio. Dependiendo del CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD existen tres niveles según la dificultad del mismo.

Existen una multitud de CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD clasificados en familias formativas. En la actualidad casi ningún certificado es requerido para desarrollar la profesión, no obstante hay algunas como la familia Socio Sanitaria donde se ha establecido un plazo hasta el 31 de diciembre de 2015 prorrogado hasta el 31 de diciembre del 2016. También se da la causalidad que dentro de algunos certificados como por ejemplo el de Actividades Auxiliares de Almacén existe algún módulo como es el de Manipulación de cargas con carretillas elevadoras. Este módulo equivale al vulgarmente conocido como carnet de carretillero, la diferencia es que el módulo es una titulación permanente, mientras que el carnet de carretillero debe renovarse periódicamente.

¿CÓMO SE ACCEDE AL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD?

Para poder acceder a cada uno de los tres niveles se deberá tener una titulación oficial a saber:

Nivel 1: No requiere titulación mínima, tampoco requisitos profesionales

Nivel 2: Nivel mínimo ESO, nivel equivalente o poseer un C.P. de nivel 1 de la misma familia profesional

Nivel 3: Nivel mínimo ESO, nivel equivalente o poseer un C.P. de nivel 2 de la misma familia profesional

Si el alumno no dispusiera de la titulación requerida podría realizar una prueba denominada competencias clave por el que se puede acceder al certificado deseado.

¿CÓMO SE DESARROLLA CADA CERTIFICADO?

Como ya se ha comentado con anterioridad, cada Certificado queda regulado por el Real Decreto correspondiente. Aunque cada uno, lógicamente, tiene una u otra composición, todos tienen una característica común, se componen de Módulos Formativos y Unidades Formativas.

La diferencia entre ambos es que el Módulo Formativo se puede considerar como una asignatura completa. Dispondrá de un código que comienza por las letras MF seguido de un número 1002 y de otras dos letra seguido de otro número AF 5. MF es la abreviatura de Módulo Formativo, el número es el código de dicho Módulo Formativo y las letras AF 5 significan Acción Formativa y el orden del módulo dentro del Certificado en cuestión. Cada Módulo debe ser evaluado y certificado. En caso de no aprobar un módulo no obliga al alumno/a a abandonar el Certificado, pero no podrá obtener la titulación completa del mismo y deberá re-matricularse en un curso posterior para poder obtener el título completo.

La Unidad Formativa (UF) es una subdivisión específica del Módulo Formativo, y aunque no aparece en el título Oficial otorgado al alumno, debe ser superado para poder obtener el aprobado del Módulo Formativo. Tiene también una codificación numérica y se considera parte del Módulo Formativo.

Una vez aprobado el módulo, el alumno que desee realizar otro Certificado de Profesionalidad o Módulo de FP o Universitario donde figure dicho código (por ejemplo el citado MF-1002) lo tendrá automáticamente convalidado.

La superación de la parte teórica y el módulo de prácticas en un centro de trabajo le cualifica para el desarrollo de esa profesión.

MODULO DE PRÁCTICAS

Cada Certificado tendrá una parte teórica impartida en el Centro de Formación y una parte práctica, impartida en un Centro de Trabajo y con un convenio firmado con el Centro de Formación. Es importante destacar varias cosas de las prácticas:

1.- Las prácticas son marcadas por el Real Decreto y es obligatoria su realización si se quiere obtener el Certificado de Profesionalidad.

2.- Son NO remuneradas. La empresa podrá dar una ayuda en concepto de transporte o gratificación si lo considerase oportuno.

3.- Sólo pueden realizar las prácticas los alumnos que hayan superado todos los Módulos Formativos. Si no los hubieran superado podrá hacerlos en otro año, ya que no caducan los títulos obtenidos.

CONDICIONES DE ASISTENCIA

Existen dos tipos de faltas. Las justificadas por causa mayor (enfermedad propia o de alguien a cargo, entrevista de trabajo, etc) y las faltas no justificadas. Los Reales Decretos determinan las causas de falta justificada.

Cada Módulo Formativo tendrá una duración determinada y el alumno sólo podrá faltar un máximo de 2 faltas no justificadas al mes. No obstante, para poder examinarse debe asistir un mínimo del 75% de la duración del mismo. Si no se asistiera a ese mínimo no podrá examinarse en ese módulo, aunque las faltas de asistencia hubieran sido justificadas. En caso de faltar más de dos días al mes por causas no justificadas, el alumno puede ser expulsado del Certificado de Profesionalidad, y por tanto no podrá seguir en el mismo.

¿QUIÉN PUEDE IMPARTIR EL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD?

Los docentes destinados a la impartición de los Certificados de Profesionalidad están claramente definidos en cada Real Decreto que regula el mismo. De esta forma, un docente que imparte un módulo de un Certificado puede que no esté acreditado para la impartición de los demás módulos del mismo. Por ejemplo, el docente que imparte el módulo de Operaciones de Venta puede que no esté autorizado para la impartición del módulo de Inglés profesional para actividades comerciales. El motivo es bien claro, para impartir el primer módulo antes citado se precisa ser Licenciado y tener un año de experiencia en el sector o sin tener la licenciatura haber acreditado un mínimo de tres años de experiencia en el sector. Sin embargo para el módulo de inglés es condición sine qua non tener titulación de lengua inglesa y un año de experiencia profesional en el sector. La cualificación del docente será responsabilidad del departamento de evaluación y seguimiento de calidad de cada Comunidad Autónoma. Una vez acreditado el mismo se emitirá un Certificado denominado Diligencia y, a partir de ese momento el docente estará cualificado para la impartición de dicho módulo.


Sobre el autor

Nacho

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